Preso en Lara muere por tuberculosis tras tres años detenido sin juicio

Preso en Lara muere por tuberculosis tras tres años detenido sin juicio

La falta de atención médica oportuna y el hacinamiento en los centros de detención preventiva cobraron una nueva vida en Venezuela. Franklin José Abello Castellanos, de 65 años, falleció por tuberculosis el martes 27 de octubre tras permanecer tres años recluido en los calabozos de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) en Barquisimeto, estado Lara, conocidos

Redacción Libertad VZLA
Por

Redacción Libertad VZLA

Equipo editorial31 oct. 2026

Franklin José Abello Castellanos, de 65 años de edad, falleció a causa de tuberculosis el martes 27 de octubre tras permanecer durante tres años en el centro de detención preventiva de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) ubicado en el sector Pata e’ Palo, en Barquisimeto, estado Lara. El hombre permaneció recluido en la sede policial sin haber sido sometido a un juicio formal ni contar con una sentencia definitiva respecto a su caso, de acuerdo con los registros e investigaciones presentados por el Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP).

La muerte de Abello Castellanos se produjo en un contexto de deterioro progresivo de su estado físico que se extendió por varios meses dentro del recinto policial. Según la información documentada por la organización no gubernamental, la respuesta del personal a cargo de la custodia frente a los síntomas manifestados por el detenido se limitó a la administración de acetaminofén para atender cuadros de fiebre continua, dolores corporales severos y la pérdida paulatina de la movilidad.

Retardo procesal y desatención médica continuada

El expediente recabado por el Observatorio Venezolano de Prisiones señala que Abello Castellanos pasó 36 meses bajo custodia preventiva en una instalación policial sin que su proceso judicial registrara avances que condujeran a una decisión formal. La legislación penal venezolana establece que los calabozos policiales constituyen espacios destinados únicamente a la permanencia temporal de personas procesadas por un lapso no mayor a 48 horas, tiempo tras el cual las autoridades deben definir la medida cautelar correspondiente o concretar el traslado a un centro penitenciario.

Durante los meses previos a su deceso, la condición médica de Abello Castellanos empeoró en el interior de la celda sin recibir un diagnóstico especializado formal ni un tratamiento acorde con la gravedad del cuadro infeccioso. Los testimonios de sus familiares recogidos por el OVP confirman que el tratamiento suministrado en el recinto de arresto se restringió a analgésicos básicos, a pesar del deterioro visible de las funciones motoras del hombre de 65 años y de la persistencia de fiebres altas.

La ausencia de un protocolo médico continuo en el área de custodia impidió la detección temprana de la bacteria causante de la tuberculosis. Los familiares relataron a la organización defensora de derechos humanos que los requerimientos de evaluación especializada no obtuvieron respuesta oportuna por parte de las autoridades del recinto policial de Pata e' Palo.

Negaciones de ingreso en la red hospitalaria pública

El recorrido del detenido por la red asistencial del estado Lara inició formalmente el 15 de octubre, cuando fue trasladado desde la sede policial hasta la emergencia del Hospital Central Antonio María Pineda, en la ciudad de Barquisimeto. Según las declaraciones presentadas por los familiares al OVP, el personal médico de dicho centro de salud rehusó autorizar el ingreso del paciente a pesar de la severidad del cuadro respiratorio manifestado al momento de la evaluación.

Tras la negativa de internamiento en el principal centro de salud de la entidad larense, el privado de libertad fue devuelto a la celda en la sede de la PNB. Al día siguiente, el 16 de octubre, la persistencia y agravamiento de los síntomas obligaron a un nuevo traslado hacia otro establecimiento asistencial de la zona, lugar donde los médicos examinadores lograron diagnosticar de forma definitiva la infección por tuberculosis en fase avanzada.

Con el diagnóstico confirmado, los allegados de Abello Castellanos gestionaron su traslado e ingreso al área especializada en patologías respiratorias del Hospital Luis Gómez López. No obstante, las gestiones se vieron obstaculizadas por la falta de disponibilidad de camas en el recinto asistencial. Esta circunstancia derivó en que el paciente permaneciera en condiciones de alta precariedad hasta que la institución pudo concretar un nuevo internamiento.

Los testimonios recabados por el Observatorio Venezolano de Prisiones indican que, a lo largo del proceso de búsqueda de atención hospitalaria, existieron conductas discriminatorias y renuencia por parte de sectores del personal de salud para brindar asistencia médica regular a personas en condición de reclusión. La fase avanzada en que se encontraba la enfermedad respiratoria al momento de concretarse la atención médica impidió la recuperación del paciente.

Hacinamiento y riesgos de contagio en el centro Pata e’ Palo

Las instalaciones de la PNB en Pata e’ Palo albergan en la actualidad a más de 300 personas privadas de libertad, según las cifras recopiladas y publicadas por el Observatorio Venezolano de Prisiones. La infraestructura original de esta sede policial estaba proyectada para recibir únicamente a ciudadanos retenidos por infracciones o accidentes de tránsito de forma temporal.

La organización no gubernamental enfatizó en sus informes la existencia de un alto riesgo epidemiológico dentro del calabozo policial de Barquisimeto. En las áreas de reclusión coexisten múltiples detenidos con afecciones del sistema respiratorio, sin que se apliquen medidas sanitarias de aislamiento, esquemas de asistencia médica permanente ni la provisión de regímenes de alimentación garantizados directamente por las instituciones del Estado.

El OVP puntualizó que la falta de ventilación adecuada y el hacinamiento continuo en infraestructuras no aptas para la reclusión prolongada aceleran la propagación de enfermedades infectocontagiosas como la tuberculosis. Los familiares de la población penal deben asumir de forma directa la dotación de insumos médicos, medicamentos, elementos de aseo personal y la alimentación diaria de los detenidos.

El caso de Franklin José Abello Castellanos evidencia las consecuencias del uso prolongado de las sedes policiales como sitios de reclusión permanente. La acumulación de retrasos en las fases de juicio, sumada a la saturación de los espacios de custodia preventiva y las barreras para el acceso a la red hospitalaria, mantiene a la población privada de libertad en el estado Lara en condiciones de vulnerabilidad ante brotes epidemiológicos y patologías crónicas no atendidas de manera oportuna.

Comentarios de la comunidad

Inicia sesión para comentar y sumarte a la conversación.

Cargando comentarios…

Más en Investigación