OVP: Otros dos presos murieron bajo custodia del Estado
El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) denunció este jueves 23 de julio, que dos privados de libertad fallecieron bajo custodia del Estado en el Centro Penitenciario Fénix Lara. De acuerdo con el OVP, el primer muerto fue identificado como José Antonio Rodríguez Ruiz, quien falleció a causa de tuberculosis (TBC), mientras que el segundo caso
La muerte de dos reclusos en el Centro Penitenciario Fénix, ubicado en el estado Lara, ha vuelto a poner el foco sobre las condiciones de reclusión en los centros carcelarios de Venezuela, de acuerdo con una denuncia del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) difundida por el portal informativo Runrun.es. Los fallecidos, identificados como José Antonio Rodríguez Ruiz y Alfredo José Febres, se encontraban bajo la custodia directa del Estado venezolano al momento de sus decesos. Con el registro de estos dos casos, la cifra de personas que han perdido la vida dentro de los recintos penitenciarios del país asciende a 28 en lo que va de año, según los datos recopilados por la mencionada organización no gubernamental.
Las patologías prevenibles como causa de deceso
El informe técnico presentado por el Observatorio Venezolano de Prisiones detalla que las causas de muerte de ambos internos corresponden a enfermedades que, bajo condiciones de reclusión estándar y con asistencia médica oportuna, son tratables y prevenibles. En el caso de José Antonio Rodríguez Ruiz, el diagnóstico asociado a su fallecimiento fue tuberculosis, una enfermedad infecciosa cuyo control depende estrictamente de tratamientos farmacológicos continuos y condiciones de aislamiento y ventilación adecuadas, factores históricamente críticos en los penales del país.
Por su parte, Alfredo José Febres falleció tras presentar un cuadro severo de diarrea y deshidratación. El OVP asocia este tipo de desenlaces a la precariedad en el acceso a servicios básicos dentro del Centro Penitenciario Fénix Lara. La pérdida de vidas por cuadros gastrointestinales agudos evidencia la vulnerabilidad de la población penal frente a contingencias de salud elementales que no reciben la atención terapéutica ni la hidratación requeridas a tiempo.
El incumplimiento de los estándares internacionales y las Reglas Mandela
La organización defensora de los derechos humanos de los privados de libertad enfatizó que estas muertes ocurren en un contexto de sistemática desatención que contraviene los mandatos internacionales. Específicamente, el OVP señaló el incumplimiento de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como Reglas Mandela. Estas normas internacionales establecen de forma taxativa que el Estado debe garantizar a las personas privadas de libertad un nivel de atención sanitaria equivalente al que está disponible para el resto de la población libre, además de asegurar condiciones de habitabilidad dignas.
De acuerdo con el reporte publicado por Runrun.es, la realidad operativa de las cárceles venezolanas dista de estos parámetros internacionales. El observatorio denunció que los recintos penitenciarios continúan afectados por deficiencias estructurales graves, entre las que destacan la escasez crónica de agua potable, la deficiente alimentación en términos calóricos y de nutrientes, la falta absoluta de medicamentos esenciales dentro de los penales y la ausencia de personal médico de manera permanente para atender las emergencias o realizar el seguimiento de pacientes crónicos.
Implicaciones jurídicas de la custodia estatal
Desde la perspectiva del derecho internacional y constitucional, la reclusión de un ciudadano bajo el control del aparato estatal genera una relación de sujeción especial. En este sentido, el OVP recordó que cada deceso que ocurre bajo custodia del Estado compromete de forma directa la responsabilidad internacional de las autoridades gubernamentales venezolanas. Al privar a una persona de su libertad, el Estado asume la posición de garante de su integridad física, su salud y su vida, por lo que la omisión en la prestación de auxilio médico se traduce en una vulneración de los derechos humanos fundamentales.
La persistencia de fallecimientos por causas asociadas a la desnutrición, la falta de agua y la ausencia de fármacos contradice, según la organización, la retórica oficial que califica al sistema penitenciario nacional como un modelo de carácter humanista. Para el observatorio, la existencia de una estructura orientada a la rehabilitación social es incompatible con un escenario donde los internos perecen por patologías comunes que no reciben tratamiento básico.
Documentación y contraloría ciudadana
Ante la gravedad de los hechos reportados en el estado Lara, el Observatorio Venezolano de Prisiones ratificó su compromiso de mantener el monitoreo constante de la situación de los derechos humanos en las cárceles del país. La organización indicó que continuará con las labores de registro, sistematización y denuncia de cada uno de los casos detectados, con el objetivo de elevar estos expedientes ante las instancias de protección tanto nacionales como internacionales.
La cifra de 28 fallecidos bajo custodia del Estado en lo que va del año civil refleja una tendencia que las organizaciones de la sociedad civil instan a corregir con urgencia, mediante la implementación de reformas estructurales que garanticen el suministro de agua, alimentos y atención médica oportuna dentro de todos los internados judiciales del territorio nacional.