César Pérez Vivas pide al TSJ exhortar al Parlamento a debatir «falta» presidencial
Caracas.- El dirigente opositor y exgobernador del estado Táchira, César Pérez Vivas, solicitó este lunes al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que exhorte al Parlamento, controlado por el chavismo, a debatir y pronunciarse sobre la «falta» presidencial, cuando han pasado más de seis meses desde que Estados Unidos capturó en Caracas a Nicolás Maduro. El
El exgobernador del estado Táchira y dirigente político, César Pérez Vivas, interpuso un recurso ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para exigir que se ordene a la Asamblea Nacional debatir y calificar la falta del mandatario Nicolás Maduro, de acuerdo con un reporte del portal informativo El Pitazo. La iniciativa legal ocurre cuando se cumplen más de seis meses de la captura de Maduro en Caracas por parte de autoridades de Estados Unidos, un hecho que reconfiguró el escenario político nacional el pasado 3 de enero.
Pérez Vivas, quien mantiene una alianza política con la líder opositora María Corina Machado, argumentó que el Poder Legislativo, dominado por el sector oficialista, ha evadido su responsabilidad constitucional de definir la situación jurídica del Ejecutivo. El dirigente opositor formalizó la solicitud mediante un documento entregado ante la máxima instancia judicial del país, y difundió los detalles a través de un mensaje en su cuenta oficial de la red social X.
En su argumentación, el político sostiene que el Parlamento tiene el deber ineludible de establecer con precisión la naturaleza de la ausencia presidencial. Según el planteamiento presentado ante el TSJ, si la Asamblea Nacional incurre en desacato u omisión legislativa ante esta solicitud, el propio Tribunal Supremo deberá asumir las atribuciones del Parlamento, declarar formalmente la falta absoluta del cargo y proceder a la convocatoria inmediata de un nuevo proceso electoral.
El marco constitucional de las faltas presidenciales
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla mecanismos específicos para abordar la ausencia del jefe de Estado. La normativa constitucional establece que las faltas temporales del presidente deben ser suplidas por el vicepresidente ejecutivo por un lapso de 90 días. Este período puede ser prorrogado por el Parlamento por un tiempo idéntico de 90 días adicionales, acumulando un máximo de 180 días de interinato temporal.
Transcurrido este lapso, si la situación que originó la ausencia persiste, corresponde declarar la falta absoluta del cargo. La Carta Magna de Venezuela dispone que, una vez decretada la falta absoluta, el Poder Electoral debe convocar a elecciones presidenciales universales, directas y secretas en un plazo no mayor a los 30 días consecutivos siguientes.
Sin embargo, el debate sobre la aplicación de estos artículos, especialmente los apartados referidos a las faltas absolutas y temporales, no ha sido abordado en la plenaria de la Asamblea Nacional, a pesar de que el plazo de los 180 días contemplado por la ley ya se ha cumplido desde los sucesos de principios de enero. Pérez Vivas señaló que el Legislativo ha ignorado este procedimiento, lo que motivó su solicitud de amparo y exhortación ante la Sala Constitucional.
El criterio del TSJ y la designación de Delcy Rodríguez
La parálisis legislativa sobre este asunto tiene como antecedente directo una decisión tomada por el Tribunal Supremo de Justicia el mismo día en que se produjo la captura de Nicolás Maduro. El 3 de enero, el máximo tribunal del país emitió un pronunciamiento en el cual calificó la detención y ausencia del mandatario como un evento de carácter excepcional, atípico y de fuerza mayor, señalando que se trataba de una circunstancia no prevista de forma literal en el texto constitucional.
Bajo esa interpretación jurídica, el TSJ dictaminó que la entonces vicepresidenta de la República, Delcy Rodríguez, asumiera las funciones de la presidencia de manera encargada. No obstante, aquella resolución judicial evitó pronunciarse sobre el fondo de la materia, dejando pendiente la calificación jurídica definitiva sobre si la situación constituía una falta temporal o una falta absoluta.
Esta indefinición jurídica es el núcleo de la demanda actual de Pérez Vivas, quien sostiene que la transitoriedad decretada en enero no puede extenderse de forma indefinida sin vulnerar el orden constitucional y el principio de soberanía popular.
Alertas geopolíticas y el panorama electoral
El reclamo de Pérez Vivas no se limita al ámbito estrictamente judicial venezolano, sino que abarca advertencias sobre la estrategia del gobierno encargado y la comunidad internacional. El exgobernador dirigió un mensaje directo al presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y al secretario de Estado de ese país, Marco Rubio, solicitándoles mantener la atención sobre el desarrollo de los acontecimientos políticos en Caracas.
De acuerdo con las declaraciones del dirigente opositor, existe el riesgo de que las autoridades que actualmente ejercen el poder de forma interina utilicen la indefinición jurídica para prolongar su permanencia en los cargos sin someterse al escrutinio de las urnas. Pérez Vivas alertó sobre una presunta estrategia orientada a postergar la realización de elecciones generales, sugiriendo que la intención del sector oficialista es dilatar el calendario electoral con miras al año 2030.
El político insistió en que la única vía para resolver la crisis institucional es la consulta popular directa, rechazando cualquier intento de fraccionamiento del cronograma electoral que busque ganar tiempo para consolidar la administración interina sin el aval de los votos.
El contexto del diálogo y las negociaciones políticas
La petición de Pérez Vivas ante el TSJ se produce en un contexto de movimientos políticos y negociaciones entre diferentes