EEUU explicó cómo se manejarán los depósitos al fondo petrolero venezolano

EEUU explicó cómo se manejarán los depósitos al fondo petrolero venezolano

El Gobierno de Estados Unidos actualizó este viernes 24 de julio las instrucciones para las empresas autorizadas a realizar pagos al fondo donde se

Redacción Libertad VZLA
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Equipo editorial24 jul. 2026

El Gobierno de Estados Unidos implementó una actualización en las directrices destinadas a las corporaciones autorizadas para realizar depósitos financieros en el fondo que recibe los ingresos de la actividad petrolera de Venezuela. De acuerdo con las especificaciones publicadas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), las entidades pertinentes deben completar un procedimiento de consulta y validación ante el Departamento de Estado antes de efectuar cualquier movimiento de fondos.

Esta medida busca establecer un canal de supervisión directa sobre las transacciones vinculadas a los recursos energéticos del país. La modificación de los protocolos administrativos define las responsabilidades de los actores comerciales autorizados y las consecuencias operativas de no seguir los canales oficiales establecidos por las autoridades de control financiero en territorio estadounidense.

El nuevo protocolo de verificación previa

La Oficina de Control de Activos Extranjeros, perteneciente al Departamento del Tesoro de Estados Unidos, modificó de manera formal la Pregunta Frecuente número 1239. Esta modificación técnica tiene como propósito definir el mecanismo que las corporaciones internacionales deben adoptar para interactuar con la cuenta bancaria denominada Foreign Government Deposit Funds. Dicha estructura financiera se encuentra regulada bajo los lineamientos de la Orden Ejecutiva 14373, cuyo nombre oficial es "Safeguarding Venezuelan Oil Revenue for the Good of the American and Venezuelan People" (Salvaguarda de los Ingresos Petroleros Venezolanos para el Bien de los Pueblos Estadounidense y Venezolano).

Según los términos de la actualización emitida el viernes 24 de julio, las empresas que posean autorizaciones vigentes para transar con recursos petroleros venezolanos no podrán realizar transferencias directas de forma automática. El procedimiento administrativo exige que estas firmas soliciten de manera formal la información de la cuenta bancaria de destino al Departamento de Estado de Estados Unidos. La obtención de estos datos bancarios específicos constituye un requisito previo e indispensable para el inicio de cualquier transacción financiera orientada al mencionado fondo de depósito de ingresos gubernamentales.

Este requerimiento de consulta previa transforma la dinámica de los depósitos, pues anula la posibilidad de que las corporaciones realicen transferencias recurrentes utilizando datos bancarios previamente almacenados o históricos. Cada transacción requiere un contacto inicial y una validación de datos actualizada por parte de las autoridades norteamericanas, lo que introduce un filtro de control en cada operación individual que se intente procesar.

Requisitos de información y documentación obligatoria

Para iniciar este trámite de validación, las corporaciones interesadas deben remitir una comunicación formal al Departamento de Estado a través de la dirección de correo electrónico institucional habilitada para tal fin: [email protected]. En esta comunicación escrita, las entidades solicitantes están obligadas a proporcionar un expediente detallado que describa la naturaleza, el origen y el alcance de la transacción que pretenden ejecutar.

La documentación exigida por las autoridades estadounidenses abarca múltiples aspectos de la operación comercial y no se limita a una simple notificación de transferencia. En primer lugar, se debe especificar la identidad completa y jurídica de todas las partes involucradas en la transacción, asegurando una trazabilidad clara de los actores comerciales, intermediarios y entidades bancarias participantes. En segundo lugar, es obligatorio adjuntar el contrato comercial o el acuerdo legal que sirve de soporte y base para la transferencia de fondos, detallando las condiciones pactadas.

Asimismo, la solicitud de información debe declarar el monto exacto del pago proyectado y especificar de manera inequívoca la licencia de la OFAC que autoriza legalmente la realización de dicha operación financiera. Las empresas también deben incluir cualquier otro documento o registro relacionado que pueda dar soporte a la licitud y transparencia del proceso. El Departamento de Estado se reserva la facultad de evaluar estos datos antes de proceder a la entrega de la información de la cuenta bancaria de destino.

Consecuencias del incumplimiento y proceso de confirmación

El manual de instrucciones actualizado por la OFAC contempla advertencias para aquellas firmas que omitan el canal de comunicación establecido. Las directrices oficiales señalan que las compañías que realicen transferencias sin haber establecido el contacto previo con el Departamento de Estado, o que no suministren la totalidad de la información requerida, corren el riesgo de que sus depósitos sean rechazados por las instituciones receptoras. El rechazo de una transferencia de esta índole puede traducirse en retrasos operativos y complicaciones administrativas para las empresas involucradas.

Por otra parte, el procedimiento administrativo concluye una vez que el Departamento de Estado procesa la información recibida, suministra los datos correspondientes de la cuenta bancaria y confirma que los fondos han sido depositados de manera exitosa. En ese momento, la autoridad estadounidense emite una notificación oficial de recepción. Este documento de confirmación posee un carácter formal y puede ser compartido por la empresa depositante con las demás contrapartes involucradas en la transacción, sirviendo como soporte de que la operación se ejecutó bajo los parámetros legales del Gobierno de Estados Unidos.

Este esquema de validación y emisión de comprobantes oficiales busca mantener un registro detallado de cada flujo de capital que ingresa al fondo de depósitos del gobierno extranjero. Al requerir una notificación de confirmación para cada operación, las autoridades estadounidenses aseguran que tanto el depositante como los terceros involucrados cuenten con un respaldo institucional que valide la transacción frente a futuras auditorías o revisiones de cumplimiento normativo.

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